Si intentamos articular los conceptos de responsabilidad-libertad-culpabilidad-imputabilidad, como parte integrante de la conducta típica y antijurídica dentro de la teoría del delito, y desde una visión psico-psiquiátrica, deberíamos considerar las diferentes psicopatologías que den cuenta de posibles encuadres donde esos conceptos pueden tenerse en pie o no.
Dentro de las estructuras neuróticas de personalidad, o desarrollos o reacciones anormales de la personalidad (también a veces mal denominadas como variables de la normalidad) en las que se encuentra estabilidad entre las instancias psíquicas de la personalidad (yo, ello y superyo), donde se puede detectar la existencia de normas éticas internalizadas, de concienca moral, de auto-observación, de la capacidad de entrar en conflicto y de angustiarse frente a situaciones frustradoras, de una manera de vivir inserto en la realidad circundante, compartiendo códigos, símbolos y costumbres acordes con la sociedad, podremos inferir que dicha personalidad dispone de recursos psicólogicos suficientes para vivenciar el sentimiento de culpa o culpabilidad, por lo que se encuentra sobre el eje de la responsabilidad-libertad-imputabilidad.
Si en cambio, hablamos de estructuras psicóticas, donde se ha quebrado la continuidad de la línea de desarrollo de la personalidad, donde el proceso psicótico ha modificado la inserción de dicha personalidad dentro de la realidad circundante, a través de una ruptura de la realidad, y la creación de una neo-realidad, tal como se evidencia en las manifestaciones delirantes y alucinatorias de las psicosis. Si la conducta típica antijurídica, emana directamente desde dicha personalidad perturbada, si la conducta delictiva es un sub-producto delirante, o consecuente a manifestaciones alucinatorias altamente persecutorias, tal como aparecen en brotes esquizofrénicos, o en comportamientos demenciales desinhibidos, liberados del control cortical. Entonces nos encontramos ante la falta de responsabilidad-libertad, aquí no hay culpabilidad sino inimputabilidad.
Asimismo en las patologías deficitarias por retrasos mentales (oligofrenias leve, moderada, profunda), otras patologías que produzcan una detención del desarrollo psícofísico, puede hablarse de inimputabilidad.
En delitos cometidos bajo efecto directo de sustancias psicoactivas (drogas, alcohol) donde puede haber trastorno mental transitorio, u otras situaciones que cursen con estados de inconsciencia, también puede hablarse de inimputabilidad.
Pero debe tenerse en cuenta si la intoxicación fue provocada adrede para delinquir, o de manera casual o accidental sin intención delictual previa.
También ciertos comportamientos pasionales, pueden tener tal grado de inconsciencia que entrarían en un grado menor de imputabilidad, o sea como atenuantes de la responsabilidad.
Las personalidades psicopáticas, los psicópatas, o trastornos antisociales de la personalidad, o llamadas también sociopatías, personalidades agresivas, impulsivas o en cortocircuito, son las más proclives a cometer conductas delictivas.
La noción de conflicto intrapsíquico, tal como lo encontramos en la personalidad neurótica, no lo encontramos en estos cuadros, no hay conciencia moral, ni auto-observación, ni internalización de normas éticas, no puede tolerar la angustia ni la frustración, frente a una situación de conflicto, reacciona por medio del acto, pasa al acto directamente descargando toda la tensión interna en el mundo exterior, por eso el dicho que el psicópata tiene conflicto entre su “ello y la realidad” (el “ello” es la instancia intrapsíquica que pertenece al mundo pulsional-instintivo, o sea a la parte más primitiva de las pulsiones agresivas y sexuales). El psicópata, pues, no tiene moral, no tiene culpa, acciona y reacciona según sus propias apetencias. Es considerado generalmente responsable, por lo tanto imputable.
Hay otra psicopatología de difícil encuadre, los “estados o personalidades límites, o fronterizos, o borderlines”, que tienen como característica estar al límite entre la neurosis y la psicosis, la “difusión de la personalidad” es tal, que requieren de un diagnóstico diferencial estricto para no disfrazarlo de algo que no es. No presentan ruptura con la realidad como en la psicosis, pero sí encontramos una disociación intrapsíquica que altera en gran medida la adecuación de esta personalidad con el entorno social, provocando conductas disfuncionales variadas. Se necesita de un buen estudio de la personalidad para distinguir en caso de conducta delictiva, si podrían haber atenuantes de la responsabilidad, o sea de la imputabilidad.
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